Desde hace un tiempo, la Agencia Tributaria desea que todas las
notificaciones que envía tanto a empresas como a autónomos sean recibidas
telemáticamente en su “buzón online” de la webwww.agenciatributaria.es.
En
algunos casos llega a notificar al empresario de que dispone de 10 días para
realizar los trámites mediante los cuales se verá obligado a recibir dichas
notificaciones por internet. Esto conlleva un avance tecnológico en el que en
muchos casos el emprendedor no está a la altura.
Una
solución es solicitar a la gestoría correspondiente que se encargue de recibir
dichas notificaciones, mediante el “apoderamiento de tercero” ante la Agencia
Tributaria. Sin embargo pueden ocurrir problemas a la hora de aceptar
determinadas notificaciones de carácter personal, ya que la gestoría en tales
casos firma como si se tratara del titular.
Se
trata de una responsabilidad bastante grande, a la altura de la responsabilidad
civil completa, ya que actúa, no solo en nombre del emprendedor a la hora de
presentar impuestos, sino también a la hora de recibir y contestar
notificaciones de la Agencia Tributaria acerca de la actividad económica del
mismo (ajena a su trabajo del día a día).
Aportando
el apoderamiento pueden realizarse varios trámites: contestar requerimientos,
presentar recursos, liquidar impuestos, recibir notificaciones…. Puede
autorizarse un poder para un trámite concreto o un poder general. Sin embargo,
para que quede claro, ser el apoderado no supone asumir responsabilidad en
el trámite que se realiza en vez del titular.
Para
realizar el apoderamiento a la gestoría es necesario disponer de firma
electrónica. Una vez la tengamos, y habiendo aceptado el poder a favor de ésta,
puede realizar por Internet, con su propio certificado electrónico de
usuario, cualquiera de los trámites y actuaciones habilitados en materia fiscal
y laboral.
El
poder puede deshacerse con el mismo sistema utilizado para otorgarlo
o también puede el que lo recibe renunciar al mismo. Para renunciar, el
apoderado debe remitir un burofax al titular informándole de su decisión y
enviar copia del mismo en un PDF a la Agencia Tributaria.
En Mi Gestoría Online disponemos de dicha opción para
clientes de sociedades a través de la empresa DEH Online.