miércoles, 16 de julio de 2014

Datos de los autónomos en 2013

El año 2013 supuso un año de mucho emprendimiento, y uno de los datos que lo contrastan es el aumento de un 12% con respecto a 2012 de desempleados que formalizaron la acto de capitalización del paro con el fin de montar un negocio. Cerca de  75.000 personas, de las cuales dos tercios utilizaron el dinero para montar el negocio y el tercio restante lo utilizó para pagar las cuotas a la Seguridad Social. Debido a estos datos tan positivos, la UPTA solicita que dicho trámite se extienda a otros colectivos.

Este aumento supone que 9.600 personas más emprendieron con ayuda de esta vía de financiación con recursos propios (no hay que olvidar que es un dinero que les pertenece) a través de la Seguridad Social. Según las cifras ofrecidas por la UPTA, 74.650 trabajadores autónomos capitalizaron su prestación. Las dos opciones más escogidas fueron la capitalización parcial un -66%- y la cobertura de los pagos de cuotas a la Seguridad Social -un 34%-.
De estos autónomos habría que dividir entre:
  • Autónomos normales: 94% del total, la gran mayoría.
  • Autónomos societarios: 6% de Sociedades mercantiles (S.L. o S.A.) y Sociedades Civiles.

Al final del año 2013, más de 143.000 autónomos capitalizaron su paro (incluyendo también a aquellos que realizaron esta gestión en 2012 y que continuaban percibiendo dichos pagos). Debido a estos datos, como hemos mencionado anteriormente, UPTA solicita que la medida se extienda a otros colectivos, ya que actualmente los únicos que pueden acceder a la capitalización del paro son los menores de 30 años en cuanto a hombres, y menores de 35 en mujeres
La capitalización se convierte, en muchos casos necesaria y en otros muy interesante, forma de financiación para emprender. Sin embargo para la mayoría de los autónomos la cantidad a percibir no es la suficiente para iniciar un proyecto. 

En Mi Gestoría Online disponemos de la cuota básica (25€/mes), para aquellos autónomos que no necesiten nada más que la gestión y asesoramiento contable y fiscal.


viernes, 11 de julio de 2014

Qué es necesario para emprender

Hay una creencia común de que el espíritu emprendedor está muy relacionado con la creatividad que, falsamente se piensa, se trata de tener una gran idea. Pero realmente, el espíritu emprendedor está más relacionado con la construcción de una organización relacionada con las personas, bien con necesidades o bien con colaboradores. Cuando tenemos intención de montar un nuevo negocio conviene explorar exhaustivamente estos ámbitos:
  •  Desarrollar la idea: entender el mercado, hablar con los clientes potenciales sobre sus gustos, observar  competidores, etc…
  •  Proteger la marca: la mayoría de las empresas no tienen una marca al inicio.
  •  Reservar un dominio web y construir una web provisional y crear cuentas de correo electrónico de la empresa.
  •  Abrir una cuenta bancaria.
  •  Reservar nombres en diferentes redes sociales para que por lo menos la marca esté asegurada.
  •  Desarrollar los elementos de la marca.
  •  Generar networking del negocio, encontrar a personas interesadas como cofundadores, personal, inversionistas, asesores…
  •  Desarrollar un business plan que guíe la ruta a tomar en cada momento.
  •  Crear un borrador que sirva de presentación para los inversores o clientes potenciales.


Pero todavía hay más:

Recaudar dinero: los emprendedores novatos se centran demasiado en el dinero. Sin embargo podemos conseguir la mayoría de las cosas y conocer al cliente sin gastar mucho dinero. La mayoría de los proyectos no crecen porque los emprendedores no disponen de tres o nueve meses de ahorro para trabajo no remunerado en su proyecto.


La mayoría de las nuevas empresas necesitan una compleja red de relaciones y estas llevan mucho tiempo en conseguirse. Y tiempo para que los emprendedores sean eficaces en sus funciones y se conviertan en un equipo fuerte. Y cuando hablamos de tiempo y agilidad estamos hablando de recursos económicos, por eso la celeridad determina el éxito de muchos proyectos.

En CreaEmpresa Online podrá ver nuestros servicios de constitución de Sociedades Limitadas

lunes, 7 de julio de 2014

Cotizar según beneficios

Es uno de los temas más discutidos y solicitados por parte de los autónomos durante la crisis. La cotización de estos trabajadores por cuenta ajena en función de los beneficios es una de las medidas más reclamadas. Y parece que el gobierno se está poniendo manos a la obra.

Una de las principales razones era la flexibilidad que esto conllevaría, y más si cabe la equidad entre unos y otros. El sistema actual no tiene en cuenta la facturación de los profesionales, ni el número de empleados, ni el sector de actividad.
El presidente de la Federación de Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, reclamó durante una Junta Directiva la puesta en funcionamiento de esa fiscalidad de los afiliados al RETA de la Seguridad Social. 

Propuso, en presencia de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santa María, que puedan pasar a cotizar según “sus rendimientos netos y no sobre suposiciones”.
La vicepresidenta no dejó claro ningún punto durante su discurso en la junta, pero fuentes del Ejecutivo confirmaron a Cinco Días que sí existe dicha posibilidad. Sin embargo, tiene algunas condiciones, entre las que podríamos encontrar:
 §  El encuadre con la reforma fiscal, que está aún pendiente del informe del grupo de expertos encargado por el Gobierno.
§  El voto mayoritario de la mayoría de autónomos para la medida, algo que parece complicado pues esta reforma supondría que una gran parte incrementara sus cotizaciones y no se ajustara a las mínimas.
La medida aún tiene mucho de qué hablar y debatir, y no hay nada en firme. En los próximos meses veremos cómo va encaminándose la propuesta.
En Mi Gestoría Online apoyamos a la propuesta, ya que evita el fraude y favorece a las rentas más bajas.

viernes, 27 de junio de 2014

Objeto social "poco claro"

El que se constituya una Sociedad de Responsabilidad Limitada en la que el objeto social no quede suficientemente claro es un motivo habitual por el que el Registro Mercantil deniegue la inscripción de la escritura de una S.L. 
Este problema aumenta cuando una de las actividades de la empresa es participar en otras que realicen negocios totalmente distintos.
La Dirección General de Registros y del Notariado publicó, a finales del pasado año, una resolución que aclara este tema y determina cómo debe reflejarse en los estatutos esta actividad.
Esta resolución viene a solucionar una reclamación de una empresa a la que le negó la inscripción del objeto social cuya actividad era la de “promoción, creación y participación en empresas y sociedades industriales, comerciales, inmobiliarias, de servicios y de cualquier otro tipo”. El rechazo a la inscripción se basaba en la necesidad de concretar las actividades económicas a realizar y establecida que una definición tan general no podía aceptarse.
La decisión atiende a la solicitud de la empresa y se basa en varios temas. Por una parte, el literal que se pretende introducir establece las actividades de “promoción, creación y participación” por lo que sí ofrece un conocimiento certero de las acciones a realizar.
Además la decisión señala que este objeto social no implica necesariamente la realización de forma indirecta de las actividades de las empresas en las que participa. Esta es una de las doctrinas más extendidas del Registro Mercantil, que sólo permitía a las empresas a participar en otras en las cuales su objeto social ya estuviera en los estatutos de la primera. En este caso la actividad de la S.L. es promover el emprendimiento y no realizar las actividades de los negocios que se pretendan impulsar, tal y como pensaba el Registro Mercantil.

Por lo tanto todos los negocios que se planteen invertir en empresas de terceros podrán utilizar este nuevo criterio para evitar que se deniegue la inscripción de esta actividad en su objeto social, y por lo tanto se rechace la inscripción de la sociedad.

jueves, 26 de junio de 2014

Aportación bienes muebles capital social

El capital social mínimo para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) es de 3.000€. Sin embargo, la Ley de Sociedades de Capital indica que dicho capital puede depositarse mediante aportación dineraria, así como también mediante aportaciones no dinerarias.
Vamos a hablar de las segundas dentro de las Sociedades de Responsabilidad Limitada por ser la forma jurídica más común a la hora de iniciar un proyecto.
En primer lugar, debe quedar claro que únicamente pueden ser objeto de aportación los bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica, y por tanto, no puede ser considerado como aportación al capital social de una empresa el trabajo o servicios que desempeñará uno de los socios.
En el caso de aportación dineraria, una vez tengamos el certificado de denominación social del Registro Mercantil Central, se debe acudir al banco para depositar los 3.000€ del capital social. Este dinero quedará bloqueado hasta que se presente en el banco la copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Generalmente el notario tarda entre cuatro días y una semana, sin embargo hemos visto casos de uno o dos días (ahora con la crisis los notarios tienen menos trabajo).

Cuando se trata de una aportación no dineraria para constituir una S.L., es decir, una aportación de bienes, la legislación mercantil exige que el notario establezca una descripción en la escritura de constitución, indicando:
-  Los datos registrales del bien que se aporta (en el caso de que se aportara, por ejemplo, un coche o un bien inmueble, se señalaría la información de su correspondiente registro público);
-  La valoración en euros que se les atribuye a los bienes que se aportan.

Hay que señalar que no es necesario aportar facturas de compra del bien mueble aportado, ni siquiera la valoración de un perito (con el coste que esto conlleva). No obstante, los socios que hayan realizado la aportación no dineraria responderán solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales del valor del bien que se le haya atribuido en la escritura pública. Por lo tanto no hay que tomárselo a la ligera e indicar un valor mayor del que le corresponde.
Es posible evitar esta responsabilidad solidaria al socio si la aportación no dineraria es sometida a una valoración pericial como hemos dicho antes. Este proceso implicaría un coste de tiempo y de dinero extra en un proceso de constitución normal, ya que intervendría un experto designado por el Registro Mercantil para realizar un informe acerca de la valoración del bien mueble aportado.
Ejemplo de constitución mediante aportaciones no dinerarias:
Dos socios emprendedores deciden iniciar un proyecto online y desean constituir una Sociedad Limitada. Tienen para el proyector dos ordenadores Apple iMac de 27” valorado en 1.645 Euros cada uno. Por lo tanto en vez de depositar 3.000€, aportan los datos de los ordenadores a la hora de inscribir la S.L.
En este caso, indicarán al notario la descripción de los ordenadores y su valor de mercado. Y así, habrán iniciado su empresa aportando cada uno sus ordenadores y en el registro mercantil constará un capital social de 3.290 Euros.

En Mi Gestoría Online te ayudamos a constituir de esta manera si tu intención es comenzar sin tener que aportar esos 3.000€ en el capital social

martes, 24 de junio de 2014

Crear o constituir una empresa como sociedad limitada (S.L.)

Hay estudios que dicen que constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada en España tiene tantos trámites y es tan complicado que nos ponen en la cola de países desarrollados (y no tan desarrollados ya que en teoría estamos en el puesto 54º de 189 países) en cuanto a facilidad, trámites y tiempo en constituir una.
Nada más lejos de la realidad, se necesita realizar 10 trámites con una duración de 28 días y un coste de 450€ aprox. . Esto ralentiza la puesta en marcha de una S.L. repercutiendo en el ánimo del emprendedor.
Sin embargo, el Gobierno desde el año 2010 puso en marcha CIRCE, una plataforma en la que las gestoría y las administraciones públicas adheridas (centros públicos de emprendedores, ayuntamientos, etc…) pueden llevar a cabo la constitución de empresas en menos de 5 días y por solo 150€.
Entre ellos Mi Gestoría Online en 2015 se ha colocado entre los primeros puestos de España. A día de hoy hemos constituido 243 negocios:


El procedimiento es el siguiente:
1.    solicitud de la denominación social (día y medio)
2.    proceso de constitución (un día)
3.    depósito del capital social y firma con el notario (un día)

Entre el proceso de constitución y la firma con el notario debe pasar al menos un día, por lo tanto los 5 días de constitución son factibles. De hecho todas las constituciones que hemos realizado han durado eso. El alta de autónomo es mucho más sencillo, ya que en menos de media hora le damos de alta sin que tenga que moverse de casa.
Sobre el coste de la constitución de la S.L.:
§  Notario: físicamente 280€, mediante CIRCE 72€
§  Registrador: físicamente 100€, mediante CIRCE 55€
§  Denominación social: 16,36€


Si vas a constituir una S.L., y quieres hacerlo rápidamente y al menor coste, Mi Gestoría Online puede ser tu solución. En CreaEmpresa Online puede ver detalladamente nuestros servicios de Constitución de Sociedades Limitadas

Aumentan las ventas por internet

En febrero se dio la noticia de que un informe realizado por telefónica reflejó que un 22,7% compró algo por internet en los últimos tres meses
Casi como una costumbre, el comprar a través de internet se está consolidando entre los consumidores españoles. Un nuevo informe le pone números: hoy por hoy, casi una cuarta parte la población compró algún producto a través de una tienda online durante los últimos tres meses.
El informe: ‘Sociedad de la Información’ en España’, fue realizado por la Fundación Telefónica. Sorprende con cifras que deberían ser tomadas muy en serio por las pymes españolas, ya que reflejan uno de los hábitos que está cambiando (y lo hará más en el futuro) en la sociedad con respecto al mundo comercial y de venta.
La falta de cifras no puede suponer una excusa de las empresas para no dar el paso adelante. Cada cierto tiempo se dan a conocer números que vuelven a anunciar lo que resulta claro a ojos de las empresas: en España no sólo se compra cada vez más a través de internet, sino que se utiliza para decidir qué se compra.

El informe de la Fundación Telefónica refleja esa tendencia: un 22,7% de los españoles compró algo a través de Internet durante los últimos tres meses. Viajes y turismo, como de costumbre en las estadísticas de la Comisión del Mercado de las Telecomunciaciones (CMT), son los productos más demandados (13,8% del total). Cuatro de cada diez de esas compras se finalizan en tiendas online extranjeras.

Además del comercio online, el informe detalla un fenómeno que preocupa y mucho a los pequeños comercios: el showrooming (consultar y probar los productos en la tienda física y comprarlo online a precio más bajo). Y en este caso plantea algo interesante: elwebrooming, es decir, buscar artículos en la red para adquirirlos en la tienda. Se produce en un 50% de las ocasiones.

Los cambios de hábitos de consumo de los españoles va evolucionando. Estadística tras estadística lo confirma cada vez más. Gran parte de las pymes españolas siguen teniendo ahí un reto fundamental. Así nacieron las gestorías – asesorías online.


Mi Gestoría Online no se queda atrás. Nació con el conocimiento de que estos datos cada vez son más claros, y avanzan a un ritmo vertiginoso. Lo online favorece la celeridad y sobretodo: evita gastos fijos, que es lo que más preocupa al emprendedor.